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¿Cuánto me toca de aguinaldo si tengo tres meses trabajando?

Prestación a la que tienen derecho los trabajadores en base al periodo laborado

Los trabajadores recibirán su aguinaldo con forme al tiempo laborado
Los trabajadores recibirán su aguinaldo con forme al tiempo laborado@ExpEconomia

En este fin de año los trabajadores en el país pueden recibir una contraprestación llamada aguinaldo y que le corresponde en base a lo establecido por la Ley Federal del Trabajo (LFT).

Se trata de una prestación establecida en la citada legislación que debe ser entregada de manera obligatoria a los colaboradores de una empresa.

¿Qué es el aguinaldo?

Este beneficio está determinado en el artículo 87 de la Ley Federal del Trabajo: "Los trabajadores tendrán derecho a un aguinaldo anual que deberá pagarse antes del día 20 de diciembre, equivalente a 15 días de salario, por lo menos. Los que no hayan cumplido el año de servicios, independientemente de que se encuentren laborando o no en la fecha de liquidación del aguinaldo, tendrán derecho a que se les pague la parte proporcional del mismo, conforme al tiempo que hubieren trabajado, cualquiera que fuere este".

¿Cuánto me toca de aguinaldo por tres meses de trabajo?

En caso de que solo hayas trabajado tres meses, lo que podrás hacer para calcular cuánto dinero debes recibir es los siguiente:

  1. Divide tu salario neto entre 30, el resultado será tu salario diario.
  2. Luego, deberás multiplicar ese resultado por 15.
  3. Después divide ese resultado entre 365 y multiplícalo por los días laborados, que para 3 meses serían 90 días.

El total será el monto que te corresponde de aguinaldo por tres meses de trabajo. Recuerda que el aguinaldo es una prestación irrenunciable

Fecha límite para recibir aguinaldo 2023

Se debe tener en cuenta que el pago deberá que ser cubierto antes del día 20 de diciembre. En caso de que los patrones no lo otorguen, pueden recibir una multa que va de los $18 mil 260 a los $365 mil 200 pesos.

Cabe mencionar que los únicos colaboradores que no tienen derecho a esta prestación son aquellos contratados por honorarios, pues no existe una subordinación laboral a un solo patrón ni una jornada laboral máxima de 8 horas.

En caso de tener alguna duda o problema con el pago de este derecho, puedes ponerte en contacto con la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo (Profedet), para recibir orientación gratuita a través de los teléfonos 01 800 71 72 942 y 01 800 91 17 877, o de manera personal en cualquiera de sus 48 oficinas.

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